Derecho concursal

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Esencia y fundamento del Derecho Concursal actual

21 de febrero de 2020 Artículos doctrinales

El objeto de este artículo es una búsqueda de la configuración del derecho concursal, determinar su origen para poder entender sus líneas fundamentales. Concretamente perfilar la legislación concursal como un conglomerado de excepciones al principio de responsabilidad patrimonial universal; excepciones fundadas no sólo en una adecuada protección de los derechos de los acreedores sino también en los intereses del deudor

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

Confirmada la sancion a un juez de Valencia que nombraba administradores concursales a alumnos de cursos que organizaba

El TS confirma la sanción de pérdida de titularidad de un Juzgado Mercantil, por una falta muy grave de realizar actividades incompatibles con su función. El magistrado organizaba cursos sobre derecho concursal sin solicitar permiso para ello y llegó a nombrar como administradores concursales en asuntos pendientes de su juzgado a algunos de sus alumnos.

La figura del administrador de hecho y su incidencia en la subordinación en créditos concursales.

28 de noviembre de 2012 Artículos doctrinales Derecho concursal

Este artículo trata sobre la figura del administrador de hecho y, de manera más concreta, sobre su incidencia en la subordinación de créditos concursales. Según un artículo publicado en el periódico Cinco Días en Mayo de 2011, unas 15.000 empresas se encuentran actualmente en un procedimiento concursal. Se estima que la suma total de la deuda de los diez mayores concursos españoles asciende a más de 18.000 millones de euros, cifra que resulta apabullante. En procedimientos concursales con deudas que superan los mil millones de euros, la calificación de los créditos cobra especial relevancia, viendo los acreedores sus posibilidades de cobro muy mermadas, respecto de los créditos ordinarios y subordinados que ostenten frente a la concursada. Parece que, en la práctica, es frecuente que la masa activa del concurso no sea suficiente para abonar estos créditos.

El llamado Convenio con Asunción en la Ley Concursal

Debido a la situación actual de crisis económica, el legislador se ve forzado a la búsqueda de nuevos métodos aplicables ante el concurso empresarial, diferentes del convenio o la liquidación, que flexibilicen el proceso y ahorren costes. Sin embargo, olvida que ya en el art 100.2. II de la LC encontramos una solución: El Convenio de Asunción, configurado con la intención de evitar la destrucción de la red empresarial mediante el mantenimiento de la actividad industrial, en donde un tercero asume la posición del deudor. Con él podrían llegarse a acuerdos en donde la solución no fuese destructiva, sino todo lo contrario, beneficiosa, ya que saldrían del mercado sujetos ineficientes y entrarían nuevos, predeterminados a responsabilizarse de la salvaguarda de los activos y actividades mediante la asunción de los pasivos. Por esta vía la autonomía de la voluntad hace presencia en el contenido legal de un convenio, que goza a su vez de protección jurídica. Por lo tanto, a priori, podría considerarse una gran aportación del legislador.

La refinanciación de empresas en crisis en el derecho concursal : análisis de su regulación y principales aspectos prácticos

Cuando una empresa se encuentra en dificultades económicas esta situación puede venir de muchas causas distintas y la solución a dar dependerá de muchos factores. Puede que la empresa simplemente sea inviable, pero la mayoría de veces la tensión económica viene de una mala gestión o de dificultades temporales. El caso más común en los últimos tiempos viene siendo la falta de liquidez, la morosidad sube, el financiamiento bancario baja y peor aún, las ventas disminuyen.

La comunicación tardía de créditos en el concurso de acreedores

01 de noviembre de 2011 Artículos doctrinales DERECHO CONCURSAL

La declaración de concurso de acreedores del deudor común supone, como proceso de ejecución universal, la existencia de una masa activa formada a grandes rasgos por todo el conjunto de elementos patrimoniales de los que el deudor es titular, a los que se deben añadir también aquellos otros bienes sobre los que, siendo de propiedad ajena, el deudor tiene un derecho de uso, garantía o retención (art. 80 LC).